Los pensionistas y retornados de Venezuela residentes en Asturias, que desde enero de 2016 no reciben del gobierno venezolano las pensiones a las cuales tienen derecho perciben, desde principios de 2017:
1. El salario social básico.
2. Otros recuperan los complementos a mínimos que les fueron retirados en 2016 ó
3. Las ayudas disponibles en su municipio
Todo esto se ha logrado en el marco de colaboración entre la Junta General del Principado de Asturias y Asopeve-Asturias.Desde el pasado 8 de febrero de 2017, en su orden interna, el Gobierno del Principado de Asturias a través de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales garantiza que los pensionistas de Venezuela y españoles retornados de este pais, residentes en Asturias, pueden acceder al Salario Social Básico y las distintas ayudas disponibles en esta comunidad autonómica.
DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR EL “SALARIO SOCIAL”.
Además de presentar la documentación según establece la Ley (art. 3 Ley Principado de Asturias 4/2005) deben aportar como “prueba documental” la carta-reclamo de la pensión enviada, por correo administrativo, al Consulado de Venezuela en Vigo. (pasar por nuestra asociación para retirar la citada carta)Cabe destacar que esto es solo válido en Asturias. No obstante en la reunión llevada a cabo el 22 de marzo con el Grupo Socialista en el Congreso, ASOPEVE ASTURIAS manifestó que esta “directiva” debería ser extensiva a todos las CC.AA.
Actualmente son muchos los pensionistas venezolanos en Asturias que perciben el Salario Social Básico, otros siguen recuperando los complementos a mínimos que les fueron retirados en 2016, así como las distintas ayudas disponibles en su municipio.
En otro orden de cosas, esta Asociación desde febrero de 2017 puso en marcha una campaña -que sigue vigente- para que todas y todos aquellos pensionistas venezolanos y españoles retornados que estaban percibiendo pensión española con complementos a mínimos y éstos les fueron retirados por el INSS, reclamen la restitución de los mismos, mediante el reclamo correspondiente y en el caso de que les fueran denegados entonces proceder a interponer “demanda contra el INSS” utilizando los servicios de la Asistencia Jurídica Gratuita, -abogados de oficio-.A la fecha las sentencias han sido favorables a los demandantes, condenando al INSS a pagar las cantidades con caracter retroactivo; y aún juicios pendientes hasta octubre de 2018.