El texto fija por primera vez un tiempo máximo de espera, que no podrá excederse, para intervenir quirúrgicamente en determinados procesos. Las Comunidades Autónomas se comprometen a cumplir con los plazos de tiempo marcados, que se sitúan en 180 días naturales. Este tiempo máximo será de obligado cumplimiento para las intervenciones de cirugía cardíaca valvular, la cirugía cardíaca coronaria, ...
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