Justicia por masacre Las Dos Erres en Guatemala

Justicia por masacre Las Dos Erres en Guatemala

El Ministerio Público (MP) logró una sentencia ejemplar contra los ex kaibiles Manuel Pop, Reyes Collin Gualip, Daniel Martínez Hernández y al teniente Carlos Carías, por el asesinato de 201 personas y por el delito de deberes contra la humanidad, en el parcelamiento Dos Erres, Petén, en 1982. El Tribunal Primero de Alto Riesgo sentenció a cada uno de los imputados a 6 mil 60 años; a Carías se le agregaron 6 años más por el delito de hurto agravado. Los familiares de las víctimas acompañaron el proceso como querellantes adhesivos

 

“El MP solicitó 30 años por cada asesinato y 20 años más por el delito de deberes contra la humanidad”, aseguró el fiscal Manuel Vásquez, de la Unidad Fiscal de Casos Especiales de Delitos cometidos durante el Conflicto Armado Interno, quien agregó que por el mismo hecho, 14 personas fueron acusadas, dos de ellas fallecieron y las demás permanecen fugadas.

Mynor Melgar, secretario general del Ministerio Público afirmó que esta resolución condenatoria es un avance para la justicia en Guatemala, ya que “la investigación tomó 16 años (la denuncia fue presentada en 1994) porque fue un proceso sumamente complejo”. Según Melgar, “la defensa de los acusados presentó alrededor de 35 recursos de amparo para entorpecer la apertura del juicio”.

 

La resolución condenatoria por la masacre ocurrida en el parcelamiento Dos Erres, Petén, en 1982, constituye una muestra del trabajo que el Ministerio Público realiza para esclarecer los crímenes que afectaron a la población guatemalteca durante el conflicto armado interno.

 

Tesis presentada por el MP en el juicio

 

Durante los días del 7 al 8 de diciembre de 1982 se ejecutó un operativo militar contra la población civil del parcelamiento las Dos Erres, aldea las Cruces, municipio de La Libertad, Petén, en ese lapso miembros del ejército de Guatemala masacraron a más de 201 personas civiles.

Los ejecutores de la masacre fueron integrantes del Ejército con un alto nivel de preparación en técnicas especiales de combate contrainsurgencia, que conformaron una Patrulla Especial Kaibil. La comunidad fue catalogada, antes del operativo militar, como una zona roja o peligrosa.

 

En el juicio, fiscales del Ministerio Público expusieron que los castrenses ingresaron al Parcelamiento, durante la noche y  utilizaron camiones propiedad de civiles para su transporte.

Durante la masacre los elementos kaibiles efectuaron actos de suma crueldad contra la población, incluyendo niñas y niños. Realizaron  violaciones a mujeres y niñas al inicio, durante y posterior a la masacre; efectuaron interrogatorios con tortura antes de asesinar a las personas; utilizaron armas de fuego, granadas y objetos contundentes para asesinar a los pobladores.

 

No hubo un proceso de selección de posibles sospechosos de ser de la guerrilla o de líderes comunitarios o religiosos, los asesinatos fueron indiscriminados. 

Las exhumaciones realizadas entre 1994 y 1995, lograron individualizar un mínimo de 171 personas, aunque los testigos que y los familiares de las víctimas hablaron de más de 201 personas asesinadas


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