Cantabria publica los números de atención telefónica gratuita de las eléctricas y gasísticas

Cantabria publica los números de atención telefónica gratuita de las eléctricas y gasísticas

Santander.-El Gobierno de Cantabria ha puesto a disposición de los ciudadanos los números de atención telefónica gratuita de todas las empresas comercializadoras de suministro eléctrico y de gas que operan en la región, que están publicados en la página web de la Dirección General de Comercio y Consumo (www.cantabria.es/web/direccion-general-comercio-y-consumo).

 

A raíz del Real Decreto aprobado por el Gobierno de España en marzo de este año, que regula la atención a los consumidores de energía eléctrica y gas, el Gobierno cántabro requirió a las empresas comercializadoras que facilitaran un número de atención telefónica gratuito para sus clientes e información detallada sobre sus servicios de atención a los consumidores.

 

Tras comprobar que todas ellas notificaron los datos solicitados correctamente, cumpliendo así con las exigencias legales en la materia, la Dirección General de Consumo ha hecho pública dicha información en su página web para que cualquier persona interesada tenga acceso a ella.

 

Obligaciones de las comercializadoras

 

La nueva normativa, que entró en vigor en abril, otorgaba un plazo de tres meses a las comercializadores de electricidad y gas para que pusieran a disposición de los consumidores un servicio de atención telefónica y un número de teléfono gratuito para atender las reclamaciones o peticiones de información de sus usuarios.

 

Concretamente, las empresas comercializadoras de energía tienen la obligación legal de informar a sus clientes sobre sus derechos respecto de las vías de solución de conflictos que éstos tienen en caso de litigio. Para ello, deben disponer de un servicio de atención que indique claramente una dirección postal, un número de teléfono gratuito, un número de fax o una dirección de correo electrónico.

 

En el caso de las comercializadoras de gas, la normativa les obliga, igualmente, a disponer de un servicio de atención a los consumidores similar al anteriormente señalado. No obstante, en este caso deberán contar obligatoriamente con una dirección de correo electrónico, que deberá emitir de forma automatizada un acuse de recibo con indicación de la fecha, hora y número de solicitud. De esta forma, el ciudadano tendrá la seguridad de que su solicitud ha tenido entrada.

 

FOTO: 'CC BY-3.0-ES 2012/EJ-GV/Irekia-Gobierno Vasco/Mikel Arrazola'

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