Caja Rural de Asturias amplía colaboración con agrupación de carburantes y combustibles

Caja Rural de Asturias amplía colaboración con agrupación de carburantes y combustibles

 El convenio facilita la financiación de las empresas que integran ASVECAR La agrupación está preparada para adaptarse a la directiva europea de etiquetado distintivo de combustibles que entrará en vigor el próximo 12 de octubre  

 

Oviedo, 19 septiembre 2018.- El presidente de la Agrupación Asturiana de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (ASVECAR), Fernando Villa y la responsable de autónomos y profesionales de Caja Rural de Asturias, Liliana Valdés, han renovado un convenio de colaboración mediante el cual se pondrá a disposición de los socios que integran este colectivo una amplia gama de productos y servicios financieros diseñados exclusivamente para facilitar su operativa diaria y el acceso a la financiación.

El objetivo es apoyar a este sector del tejido empresarial asturiano en el desempeño de su actividad profesional y fomentar el desarrollo de sus proyectos y su crecimiento. Mediante este acuerdo, los empresarios de ASVECAR podrán obtener, entre otras ventajas, préstamos y cuentas de crédito para realizar sus inversiones a tipos de interés preferentes. Entre la oferta de productos y servicios financieros que Caja Rural de Asturias pone a disposición de los socios destacan, la Cuenta Empresa, sin comisiones de administración y mantenimiento; financiación y avales para el pago a las petroleras; préstamos para inversiones productivas; intermediación en los préstamos ICO; Asturgar, etc; junto con los productos de ahorro-inversión con máxima rentabilidad fiscal. ASVECAR es una agrupación fundada en el 2008 que representa los intereses de los vendedores al por menor de carburantes y combustibles en Asturias. La asociación agrupa a día de hoy un total de más de 60 instalaciones dentro del Principado.  

 

  Nuevo etiquetado de combustibles Entrará en vigor a partir del 12 de octubre de 2018

 

La Unión Europea ha aprobado una nueva normativa (Directiva 2014/94/UE) para el etiquetado distintivo de los combustibles, con el objeto de hacerlos más identificables a los consumidores. Este nuevo código europeo será obligatorio en gasolineras y vehículos nuevos a partir del 12 de octubre 2018. Desde dicha fecha, todos los vehículos nuevos deberán incluir este etiquetado de combustible, así como los puntos de suministro. El nuevo etiquetado de combustible se divide en tres tipos generales: gasolina, gasóleo, y combustibles gaseosos, que se distinguirán mediante la forma diferente de las etiquetas: circular para la gasolina, cuadrado para el diésel y en forma de rombo para los combustibles gaseosos.

La etiqueta utilizada para la gasolina es un círculo (donde la “E” designa los biocomponentes específicos presentes en la gasolina). La información sobre el contenido máximo de biocombustible se designa como “Exx”, donde “E” significa “etanol” y “xx” representa el volumen máximo de etanol que se recomienda utilizar en el vehículo y que estaría disponible en el surtidor. Así, en la figura anterior, “E5” significa que el vehículo puede utilizar gasolina que contenga hasta un 5% de etanol, y “E10” significa que el vehículo puede utilizar gasolina que contenga hasta un 10% de etanol.

La “E” para “etanol” es una abreviatura para indicar que la gasolina puede contener etanol y/u otros compuestos oxigenados hasta una cantidad máxima. La etiqueta utilizada para el gasóleo es un cuadrado (donde la “B” designa los componentes específicos de biodiesel presentes en el gasóleo, mientras que “XTL” significa diésel sintético, es decir, que no deriva del crudo de petróleo). La información sobre el contenido en biocombustible se designa como “Bxx”, donde “B” significa biodiesel y “xx” es el volumen máximo de biodiesel que se recomienda utilizar en el vehículo y que estaría disponible el surtidor. Así, en la figura anterior, “B7” significa que el vehículo puede utilizar gasóleo que contenga hasta un 7% de biodiesel, y “B10” significa que el vehículo puede utilizar gasóleo que contenga hasta un 10% de biodiesel. La “B” para “biodiesel” es una abreviatura para indicar que el gasóleo puede contener biodiesel en forma de éster metílico de ácidos grasos (FAME) hasta el porcentaje máximo que se indique en la respectiva etiqueta. “XTL”, que es un tipo de combustible diésel parafínico fabricado a partir de material fósil o renovable que permite obtener por síntesis o hidrotratamiento, un combustible muy similar en composición al combustible diésel fósil tradicional La etiqueta utilizada para los combustibles gaseosos (p.e. GNC, GNL, GLP e hidrógeno) se representa con un rombo. La información recogida en el interior de la forma puede ser hidrógeno (“H2”), gas natural comprimido (“GNC”), gas natural licuado (“GNL”) o gas licuado de petróleo (“GLP”).    

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