Cadena perpetua revisable

Cadena perpetua revisable

El Dº penal prohíbe determinadas conductas y los infractores se exponen al castigo. ¿Qué justifica el castigo? El castigo implica un mal, una privación, consiste en despojar a los culpables de lo que valoran.

 

¿Cómo se determina la magnitud adecuada del castigo para los diferentes tipos de delito? Existen dos visiones: la retribucionista (el culpable debe sufrir un mal proporcionado al que él ha causado) y la utilitarista (solo puede justificarse la cadena perpetua si tiene mejores consecuencias que otras formas de castigo menos severas que tratan de legitimar la existencia de la pena).

 

Desde una posición ecléctica se pretende un adecuado combinado entre la justificación o el por qué se castiga y el objetivo o para qué de ese castigo.

 

El ministro Gallardón anuncia una reforma del Código Penal para incluir la aplicación de la “prisión permanente revisable” a terroristas, magnicidas y asesinos de menores, porque considera estos delitos de remarcada gravedad, por suponer atentados a bienes jurídicos merecedores de una especial protección.

 

Pero, ¿qué pasa con los delitos económicos, con los delitos fiscales, con los delitos contra el medio ambiente y contra la ordenación del territorio…, acompañados de corrupción, por los que sus autores obtienen importantes beneficios económicos? Cuántas veces hemos oído e incluso hemos manifestado que la comisión de los mismos les sale prácticamente gratis a sus autores, ya que la pena de prisión es corta y casi nunca reintegran el dinero obtenido.

 

¿Por qué si la cadena perpetua revisable se aplica a los delitos enunciados en primer lugar, no se hace también con los delitos enunciados en segundo lugar, si se trata de personas reincidentes y sujeta la revisión a la devolución de todas las ganancias obtenidas?

 

De esta forma, apelando a la argumentación utilitarista, la condena podría resultar disuasoria para futuros corruptos y, apelando a la argumentación retribucionista, la medida resultaría proporcional a los beneficios obtenidos. Eso sí, supondría la aplicación de la pena a algún sujeto engominado.

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